Fabiana Marcela Quaini
Abogada Derecho Internacional
Buenos Aires - Mendoza - Argentina

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Si el divorcio debe hacerlo en España: le recomendamos link: http://www.nuevodivorcio.com/

En los últimos años, numerosos argentinos se han radicado en el extranjero y han echado nuevas raíces en Estados Unidos, España, Chile, México entro otros tantos países. Con el afán de reconstituir una nueva familia o regularizar su situación migratoria se encuentran con la necesidad de extinguir los lazos jurídicos de un vinculo matrimonial que de hecho dejó de existir muchas veces después de un largo tiempo. Nosotros tramitamos su divorcio, tenemos probada experiencia en estas situaciones y muchas veces ni siquiera deberá viajar a Argentina para ello. Lo invitamos a continuación a leer una guía de situaciones en las que seguramente se verá reflejado su caso. Encontrará un formulario para completar y enviarlo vía web para asistirlo mejor y más rápidamente.
Usted puede puede divorciase de común acuerdo con su cónyuge o puede divorciarse por la causal objetiva prevista en el artículo 214. inciso 2 del Código Civil Argentino, aunque su cónyuge no preste su acuerdo para divorciase, cuando llevan mas de tres años de no convivencia y el ultimo domicilio conyugal fue en Argentina. Tenga en cuenta que aún cuando no conozca el domicilio actual de su cónyuge en el extranjero o en el país, puede divorciarse.
Casos en que el divorcio puede tramitarse en Argentina
Lleva mas de tres años de casado o;
Lleva mas de tres años de no convivencia con su cónyuge
Usted reside fuera de Argentina y
su cónyuge reside en Argentina
Usted puede tramitar su divorcio en Argentina en la jurisdicción correspondiente al domicilio actual de su cónyuge en Argentina. Respecto a la ley aplicable al divorcio, se referirá a la ley del lugar donde ambos cónyuges vivieron efectivamente por última vez antes de separarse de hecho. Si fue en Argentina las partes pueden divorciarse de mutuo acuerdo después de tres años del casamiento o después de tres años de no convivencia- Por ejemplo si vivieron en New Jersey, Estados Unidos, se aplica la ley de dicho estado que estipula que si ambos cónyuges están separados por mas de 18 meses sin voluntad de unirse, se puede solicitar el divorcio.
Usted reside en la República
Argentina y su cónyuge reside en el extranjero:
Lleva mas de tres años de casado o;
Lleva mas de tres años de no convivencia con su cónyuge
y además
El último el último domicilio conyugal (donde ambos convivieron) tuvo lugar en la Republica Argentina
Usted puede puede divorciase de común acuerdo con su cónyuge o puede divorciarse por la causal objetiva prevista en el artículo 214. inciso 2 del Código Civil Argentino, aunque su cónyuge no preste su acuerdo para divorciase, cuando llevan mas de tres años de no convivencia. tenga en cuenta que aún cuando no conozca el domicilio actual de su cónyuge en el extranjero, puede divorciarse.
Otros supuestos:
Para otros supuestos, contáctenos y le indicaremos si es posible iniciar su divorcio y cual es la ley aplicable a su matrimonio.

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